por Transparencia Perú |
Escribe: Gerardo Távara Castillo, Secretario General de Transparencia.
El domingo 9 de diciembre, más de 24 millones de peruanos y peruanos participaremos del primer referéndum de reforma constitucional. Cada votante recibirá una papeleta con cuatro preguntas; detrás de cada una de ellas hay un conjunto de aspectos de especial relevancia que el texto necesariamente corto no precisa. Veamos:
Pregunta 1. ¿Aprueba la reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia (antes Consejo Nacional de la Magistratura)?
El Consejo Nacional de la Magistratura –que pasaría a llamarse Junta Nacional de Justicia- tiene la muy importante responsabilidad de seleccionar, evaluar, ratificar o destituir a todos los jueces y fiscales del país, así como a los Jefes de la ONPE y del RENIEC.
En julio del 2018, los miembros del CNM fueron destituidos por el Congreso de la República debido a los graves hechos de corrupción en que se vieron involucrados, incluyendo la presunta participación de la mayoría de ellos en la organización criminal “los cuellos blancos del puerto” que vendía puestos y sentencias.
La reforma aprobada por el Congreso y puesta en consulta mediante referéndum ciudadano incluye una nueva manera de seleccionar a los miembros de este importante organismo: ya no serían representantes elegidos del Poder Judicial, Ministerio Público, colegios profesionales y universidades, sino que serían seleccionados mediante un concurso de méritos en el que habrán de demostrar sus capacidades profesionales y cualidades éticas; todos ellos serían abogados con no menos de 25 años de experiencia profesional y sin antecedentes penales.
Este concurso de méritos estaría conducido por una comisión especial presidida por el Defensor del Pueblo e integrada por el Presidente del Poder Judicial, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Contralor General de la República y dos rectores de las universidades públicas y privadas licenciadas con no menos de 50 años de antigüedad.
Pregunta 2. ¿Aprueba la reforma constitucional que regula el financiamiento de organizaciones políticas?
La consulta que se nos hace es si estamos o no de acuerdo con que el financiamiento privado a las organizaciones políticas –partidos, movimientos regionales y alianzas electorales- se realice mediante cuentas bancarias y no “con dinero en mano”.
La reforma en consulta incluye la prohibición a las mencionadas organizaciones políticas de contratar por su cuenta espacios de propaganda en radio y televisión y –por lo tanto- utilizarían en radio y TV únicamente los espacios que el Estado paga mediante la llamada “franja electoral”. No prohíbe el uso de dinero privado para mítines, viajes, redes sociales y demás actividades de campaña.
Se nos pregunta también –aunque el texto en la cédula no lo dice- si estamos de acuerdo o no con que las infracciones al financiamiento de la política se sancionen penalmente; es decir, si además de una infracción administrativa –multa- debe considerarse un delito y -por lo tanto- recibir una sanción que puede incuso llevar a prisión a los responsables de, por ejemplo, recibir dinero de fuentes prohibidas, destinarlo a otros fines, no declararlo a la ONPE u ocultar los montos o los nombres de los aportantes, etc.
Pregunta 3. ¿Aprueba la reforma constitucional que prohíbe la reelección inmediata de parlamentarios de la República?
El texto que aprobó el Congreso y ahora se nos consulta dice: “Los parlamentarios no pueden ser reelegidos para un nuevo período, de manera inmediata, en el mismo cargo”.
En concreto, se trata de decidir si estamos de acuerdo o no con que los actuales congresistas estén impedidos de postular a la reelección en las elecciones del año 2021 y que –a partir de ese año- puedan intercalar su candidatura entre diputados y senadores –si es que se aprueba la bicameralidad en la cuarta pregunta-.
No se trata de prohibir la reelección para siempre, sino para un periodo inmediato; es decir, los parlamentarios tendrían que esperar un periodo de 5 años para volver a postular.
Pregunta 4. ¿Aprueba la reforma constitucional que establece la bicameralidad en el Congreso de la República?
En este caso, tendremos que decidir si estamos de acuerdo o no con que el Congreso de la República vuelva a tener dos cámaras: una Cámara de Diputados con 130 miembros y un Senado con 50 miembros. Estas cámaras tendrían un conjunto de funciones complementarias entre sí para mejorar tanto sus funciones legislativas como las de control político.
Aunque el texto de la pregunta 4 no lo dice, esta reforma incluye restricciones a la aplicación de la “cuestión de confianza”, mecanismo por el cual el Poder Ejecutivo ejerce el equilibrio de poderes para que el Congreso no abuse de sus funciones de control; llegado el caso extremo, el Presidente de la República podría cerrar el Congreso si éste le niega la confianza en más de una oportunidad y convocar a nuevas elecciones parlamentarias. El equilibrio de poderes es esencial en el sistema democrático y el Tribunal Constitucional ha señalado ya que alterar este equilibrio es inconstitucional.
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