martes, 14 de noviembre de 2017

Lea la carta notarial del abogado de Keiko Fujimori y la respuesta de El Comercio



El diario El Comercio ha publicado la carta notarial presentada por el abogado de Keiko Fujimori, Edward García Navarro, en la que solicita que este medio se rectifique en torno a la información que propaló sobre el financiamiento de su campaña presidencial por parte de la constructora brasileña Odebrecht.

El medio no solo no se ha rectificado, sino que ha ratificado lo que publicó. Léalo a continuación.


Lima, 10 de noviembre del 2017
Señor
Fernando Berckemeyer Olaechea
Director periodístico
Jirón Santa Rosa 300 (antes jirón Miró Quesada), Lima 1.
Presente.-
Ref.: Nota periodística difundida en la edición impresa del diario El Comercio, publicada el 10 de noviembre del 2017.
Mediante la presente carta me dirijo a usted, en mi calidad de abogado de la Sra. Keiko Fujimori Higuchi, a fin de rechazar las afirmaciones falsas que se propalaron en la edición impresa del diario El Comercio, en la nota publicada el 10 de noviembre del 2017, bajo el titular “Odebrecht afirma que financió campaña de Keiko”. Le solicito respetuosamente que, en las mismas proporciones (misma página y en el mismo espacio) y en el plazo que establece la ley (plazo máximo de siete días contabilizados desde la recepción de la presente solicitud) proceda a disponer la rectificación de la falsa información que se difundió sosteniendo que Marcelo Odebrecht afirmó que financió la campaña de la señora Keiko Fujimori Higuchi o que dicha persona sostuviese que le entregó 500 mil dólares a la señora Keiko Fujimori Higuchi.
Lo que se propaló en el Diario que dirige no solo se trata de un hecho falso, sino que, a sabiendas de semejante manipulación de la información, no se dudó en presentarla en la primera página del diario El Comercio, sin importar que ello mellara el honor de la señora Keiko Fujimori Higuchi, pues en ningún lado consta que ella haya realizado acto alguno que amerite que usted o cualquier otra persona le brinde, a través de los medios de comunicación, un trato que no se condice con su real situación. Es lamentable que se valga de supuestas “fuentes” para gestar informaciones falsas orientadas a afectar el honor de mi representada.
Por ello mismo, deseo ser categórico al indicarle que es falso que el señor Marcelo Odebrecht haya afirmado –sea de manera directa o indirecta– que financió la campaña de la señora Keiko Fujimori Higuchi o que le entregó 500 mil dólares a la señora Keiko Fujimori Higuchi. No existe, además, base alguna o, como se indica en la nota, “fuentes de El Comercio”, que siquiera pueda servir de excusa para sostener tal afirmación. Le recuerdo que, en su rol de director periodístico, debería ser garante del actuar diligente de todos quienes a través del Diario difunden cualquier clase de información, sobre todo si, como en el presente caso, se trata de un hecho que es falso, que atenta contra la reputación de varias personas y que quiebra el adecuado trámite de la investigación a cargo del Ministerio Público.

En tal sentido, le manifiesto que todo periodista tiene la obligación de rectificar las informaciones falsas que propalen a través de cualquier vía, sea esta escrita o televisada, en tanto afecten el honor o reputación de las personas. Ello, en vista de que la rectificación es un derecho reconocido tanto en la Constitución Política del Perú (art. 2, inc. 7), como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 14,1), en atención a que ni la libertad de expresión ni de prensa pueden amparar afirmaciones tendenciosas que afectan la honra y buena reputación.
Por todo ello, en su condición de director periodístico, usted no puede negar ni mucho menos desobedecer la mencionada obligación legal de rectificar las informaciones falsas que se difundieron a través de la edición impresa del diario El Comercio. Su oportuna rectificación contribuirá a una correcta formación de la opinión pública libre y a corregir la información falsa que ha sido difundida.
Finalmente, debo indicarle que el ejercicio del derecho de rectificación no impide la interposición de otro tipo de acciones de carácter penal (querellas por delitos contra el honor) o civil (indemnización por daños y perjuicios), pues la propia disposición constitucional señala que la rectificación del medio se efectúa “sin perjuicio de las responsabilidades de ley”.
Sin otro particular y a la espera de su rectificación, quedo de usted.
EDWARD GARCÍA NAVARRO
DNI 41043684
Portada de El Comercio.

1 comentario:

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