miércoles, 5 de septiembre de 2018

Organizaciones de Derechos Humanos denuncian irregularidades en proceso por asesinato de Berta Cáceres

Berta Cáceres
Por:   
Radio Progreso
Tegucigalpa, Honduras.- Varias organizaciones nacionales e internacionales que promueven la defensa de los derechos humanos, el debido proceso y la justicia denunciaron numerosas irregularidades en el proceso judicial que investiga el asesinato de Berta Cáceres, ocurrido el 2 de marzo de 2016. A través de una carta remitida al Fiscal General y jefe del Ministerio Público de Honduras, Oscar Chinchilla, cuestionan que, desde las primeras capturas de cuatro personas el 2 de mayo de 2016, el Ministerio Público hondureño mantiene pruebas incautadas.
Para las organizaciones de Derechos Humanos, a pesar de que se han dictado cuatro órdenes judiciales y más de 35 ocasiones en las que se le ha pedido la información y la evidencia, los fiscales del caso han negado la información a la familia de la Sra. Cáceres.
Así también señalan que el 16 de agosto la familia de la Sra. Cáceres fue informada de que las pruebas en poder del Ministerio Público no han sido debidamente analizadas y valoradas, a pesar de la proximidad de la audiencia de proposición de prueba.
En la comunicación se reclama que esta "situación genera una desigualdad para la familia de Berta Cáceres que buscan justicia, y prepara el escenario para la impunidad, ya que las irregularidades que se han presentado pueden ser motivo de desestimación del proceso judicial debido al incumplimiento a la justicia por errores procesales”.
Berta Cáceres fue una lideresa indígena Lenca reconocida mundialmente. Como cofundadora del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), feminista, líder social y activista ambiental, ella trabajó para defender los derechos de los Pueblos Indígenas. El 2 de marzo de 2016, hombres armados ingresaron a la casa de la Sra. Cáceres y la asesinaron a tiros. Dejaron a su colega y amigo, el activista ambientalista mexicano Gustavo Castro, herido en el mismo ataque.
Fuente: Radio Progreso
Revise aquí el texto íntegro de la carta:
23 de agosto de 2018
Estimado Señor Óscar Chinchilla
Fiscal General de la República
Ministerio Público de Honduras
Lomas del Guijarro Tegucigalpa, Honduras
Estimado Señor Fiscal,
Somos organizaciones defensoras de los derechos humanos de diferentes países comprometidas con el seguimiento y observación internacional en el caso del asesinato de Berta Cáceres, lideresa Lenca del COPINH, defensora de los derechos de los pueblos Indígenas, feminista, lideresa social y activista medioambiental. Le escribimos esta comunicación para expresar nuestra preocupación acerca de ciertas irregularidades que hemos venido advirtiendo públicamente en el proceso de enjuiciamiento de los primeros ocho encausados por el asesinato de la Sra. Cáceres.
En Mayo de 2016, según información pública, se llevaron a cabo unos registros domiciliarios en dependencias de la empresa DESA y de los acusados. Esta recolección de material probatorio se llevó a cabo sin notificación alguna a la acusación privada y sin ningún tipo de acta que registrara fielmente una relación de la prueba concreta obtenida. Ante esta situación, la acusación privada ha reclamado constantemente esta información como pilar fundamental para la sustentación de sus argumentos en el juicio, sin obtener el resultado deseado.
Desde la primera reclamación de información en Abril de 2017 hasta el día de hoy, el Ministerio Público ha denegado en por lo menos 35 ocasiones el acceso para obtener estos datos y, según la información de la que disponemos, ha incumplido cuatro órdenes judiciales en las que el Juzgado de Letras, en dos ocasiones, y el Tribunal de Sentencia, en otras dos ocasiones, le ordenan poner a disposición de la acusación privada la información que se solicita debido a que fue recabada durante diligencias investigativas que han sido incorporadas al expediente judicial. La última de estas reclamaciones fue el 27 de Julio de 2018 cuando el tribunal encargado del enjuiciamiento instó a las fiscales del caso a que aportasen la información relativa a la prueba resultante de inspecciones y registros en las dependencias de la empresa DESA y de varios de los encausados. Posteriormente al vencimiento del plazo prescrito de 5 días, la única respuesta obtenida por la acusación privada son un par de copias de documentos y un escrito en el que se informa que la información requerida no es entregada por la falta de análisis de los aparatos que las contienen.
La reserva de información fundamental del proceso judicial en desacato a las órdenes judiciales impide la plena participación de la acusación privada en su búsqueda de justicia y el goce de sus derechos. No hace otra cosa sino quebrantar el principio general del derecho a la no discriminación, la justicia y la garantía y protección judicial de la acusación privada consagrado en artículos 1, 4, 8.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (arts. 2, 3, 6, 14.1 y 26), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (arts. I, II, y XVIII) y la Declaración Universal de Derechos Humanos (arts. 1, 2, 3, 7, 8 y 10). Esta situación genera una desigualdad para las y los familiares de Berta Cáceres que buscan justicia, y prepara el escenario para la impunidad, ya que las irregularidades que se han presentado pueden ser motivo de desestimación del proceso judicial debido al incumplimiento a la justicia por errores procesales.
Desde nuestro compromiso con la Justicia y sus principios fundamentales, y en consecuencia con lo expuesto anteriormente, solicitamos cortésmente a su persona, en virtud del cargo que ostenta, a que tome las medidas generales correctivas para que los funcionarios correspondientes del Ministerio Público cumplen su obligación de facilitar la información requerida por la parte acusatoria en este caso, más concretamente la obtenida en los registros de las oficinas de DESA y de los domicilios de Sergio Ramón Rodríguez Orellana, Douglas Geovanny Bustillo, Mariano Díaz Chávez, Henrry Javier Hernández Rodríguez, Óscar Aroldo Torres Velásquez, Emerson Duarte Meza, Edilson Duarte Meza y Elvin Heriberto Rapalo Orellana, debido a la relevancia que esta supone para el caso.
Sin más que decir, le presentamos nuestros más cordiales saludos y esperamos que actúe teniendo en cuenta la irregularidad de la situación que le hemos descrito.
Firmado,
Comisión Internacional de Juristas (CIJ)
Observatorio Internacional para la Abogacía en Riesgo (OIAD por sus siglas en francés)
FIDH (Federación Internacional de Derechos Humanos)
DPLF (Organización dedicada a promover el Estado de Derecho y los derechos humanos en América Latina a través una organización regional integrada por profesionales de diversas nacionalidades)
Gremio Nacional de Abogados (National Lawyers Guild, o “NLG” por sus siglas en inglés)
Promise Institute for Human Rights de la Escuela de Derecho de la Universidad de
California en Los Ángeles.
Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH)
ERIC (Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación), de la Compañía de Jesús en Honduras.
Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH)
Comisión de Derechos Humanos de Guatemala/EE.UU (GHRC-USA)
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos, CEDHU
 Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” – CCAJAR
SIGNIS ALC

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